El Centro / Policial

Las víctimas fueron su tía y una prima de nueve años

Tribunal declaró culpable a imputado por doble homicidio y violación

Fiscalía de San Javier exigió presidio perpetuo calificado, más otros 20 años de cárcel, bajo la circunstancia agravante de la alevosía

Periodista: César Hormazábal Villalobos | Fecha de Edición: 26-07-2012

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El imputado se encuentra a la fecha en prisión preventiva, por estimarse que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, cuyos crímenes provocaron gran conmoción.

LINARES.- Al cumplir tres días de audiencias, donde la fiscalía y la defensa presentaron antecedentes probatorios, los jueces del Tribunal Oral de Linares declararon culpable a Claudio Andrade Zapata, como autor de los graves delitos de homicidio calificado y violación con homicidio, cuyas víctimas fueron una mujer y su pequeña hija.
Los hechos se registraron el 10 de septiembre del año 2009, en el sector rural de Santa Cecilia, en la comuna de San Javier. Según acreditó la investigación llevada adelante por el fiscal jefe de dicha comuna, Jaime Cáceres, el imputado primero atacó a su tía, Raquel Zapata, con una salvaje golpiza que le provocó la muerte.
Tras ello, el sujeto violó a la hija de la mujer, de apenas 10 años, con quien además tenía un parentesco, para luego apuñalarla en el cuello. El antisocial estuvo prófugo de la justicia por dos años, hasta ser detenido por Carabineros en la Regíon de Los Lagos, quedando en prisión preventiva por constituir un peligro para la seguridad de la sociedad.

ALEGATOS FINALES
En horas de la tarde de ayer, en una sala repleta de familiares de las víctimas y del acusado, los jueces entregaron su veredicto tras intensos alegatos y declaraciones de testigos, junto a informes de peritos y pruebas documentales. Así Claudio Andrade fue declarado culpable por el homicidio calificado de Raquel Zañata.
A su vez, el mismo imputado fue calificado como autor de la violación con homicidio de la hija de la primera víctima, de apenas nueve años, bajo la circunstancia agravante de la alevosía. Una vez emitido el veredicto, los jueces llamaron a las partes en litigio a debatir sobre las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal.
El fiscal Cáceres exigió 20 años de cárcel efectiva por el delito de homicidio calificado, así como cadena perpetua calificada por el segundo hecho ilícito, negando que el acusado haya colaborado con la investigación y recordó que debieron pasar prácticamente dos  años para su detención, la que finalmente se logró en Chiloé.

AGRAVANTE
El persecutor destacó también que “la alevosía es una circunstancia agravante que está más que clara en este caso, atendida la gravedad con que el imputado actuó. Esto se pudo apreciar en el juicio con fotografías, con el relato de peritos y testigos, quienes dieron cuenta del estado en que se encontraba la niña”.
En tanto, el defensor del imputado, Alfredo Grandón, destacó que a su representado le favorecerían dos supuestas circunstancias atenuantes, referidas con una irreprochable conducta anterior -ya que no registra prontuario- y colaboración efectiva.
“Es muy poco común que en delitos de connotación sexual los imputados colaboren. Mi defendido reconoció los hechos en plenitud y su declaración sirvió para el desarrollo del juicio. Donde se debe colaborar es en el tribunal oral y no en la investigación administrativa del fiscal. En una reconstitución de escena también colaboró”, dijo.



 

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