Por unanimidad, la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos aprobó y despachó un proyecto (boletín 15.663) que modifica la Ley General de Bancos.

El integrante de la comisión de Emergencias, Desastres y Bomberos de la Cámara Baja, diputado independiente, Francisco Pulgar, anunció la aprobación del proyecto que modifica la Ley General de Bancos para asignar a Bomberos de Chile las denominadas acreencias. Su objetivo es que las acreencias bancarias que se encuentren vencidas y publicadas en el Diario Oficial pasen, de pleno derecho, a la Junta Nacional de Bomberos de Chile.
Según explicó el parlamentario maulino, cada año se publica en el Diario Oficial, el listado de personas y empresas que poseen montos superiores a 5 UF sin cobrar en alguna institución financiera.
“Una vez que pasan 3 años desde la publicación y estos dineros siguen sin cobrar, son entregados al Fisco. La idea de este proyecto es otorgar a Bomberos un nuevo mecanismo de financiamiento, estableciendo que, para el caso de aquellos dineros que permanecen depositados y sin cobrar por su titular en un periodo de dos años, pasen de pleno derecho a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile”, detalló el diputado Pulgar.
“Actualmente existen 55 mil voluntarios, distribuidos en mil 215 compañías a lo largo del país. Por esto, se hace necesario aumentar los recursos entregados vía Presupuesto de la Nación, mediante las acreencias. Según cálculos preliminares de la Dirección de Presupuestos, este cambio legal generará ingresos adicionales a la institución por más de 20 mil millones de pesos anuales”, puntualizó el congresista.
La propuesta nació en una moción presentada por las y los diputados Ricardo Cifuentes (DC), Cristián Araya (PREP), Héctor Barría (DC) Felipe Camaño (IND), Rubén Darío Oyarzo (PDG), Nelson Venegas (PS) y Marcela Riquelme (IND).
Según el texto legal, serán consideradas como acreencias bancarias:
- El producto de la venta de acciones de personas fallecidas, cuyos herederos o legatarios no las registren a su nombre.
- El producto de la venta de acciones, dividendos reajustados e intereses de acciones no reclamadas.
- Dividendos no reclamados en efectivo por los accionistas.
- Repartos por devolución de capital no cobrados.
La moción continúa con su trámite legislativo en la Comisión de Hacienda, antes de su paso por la Sala de la Cámara.