La iniciativa presentada por el diputado Gaspar Rivas propone una reforma constitucional que permitiría al Presidente disolver el Congreso bajo condiciones específicas y excepcionales.
¿En qué consiste el proyecto que permitiría al Presidente de la República disolver el Congreso Nacional? Esa es la pregunta que surge tras la presentación de una reforma constitucional impulsada por el diputado Gaspar Rivas (IND), actualmente en primer trámite constitucional en la Cámara de Diputadas y Diputados.
La iniciativa busca introducir el denominado “estado de justicia” dentro del ordenamiento institucional. Además, otorgaría al Presidente de la República facultades extraordinarias en ausencia de una norma legal expresa. Según el texto del proyecto, el Mandatario podría, mediante decreto exento, corregir errores jurídicos o éticos. Además, podría solucionar problemas concretos o responder a necesidades sociales urgentes vinculadas a la función pública.
En específico, el proyecto plantea una modificación al artículo 7° de la Constitución incorporando un nuevo inciso que prioriza el valor de la justicia sobre la norma jurídica. En ese marco, se señala que el Ejecutivo podría actuar cuando enfrente una necesidad perentoria e impostergable que afecte a la ciudadanía.
La iniciativa también propone cambios al artículo 72, estableciendo que el Presidente, con la firma de todos sus ministros y una vez al año, podrá declarar como Esencial para el Interés Superior de la Nación un mensaje enviado al Congreso en materias como seguridad pública, previsión social, empresas públicas o recursos naturales.
El texto indica que, si el Congreso rechaza dicho mensaje o introduce modificaciones sustanciales que alteren su esencia, el Presidente quedaría facultado para disolver el Congreso Nacional. En ese escenario, un nuevo Parlamento sería elegido en un plazo de 180 días. Durante ese tiempo, el Ejecutivo asumiría la función legislativa mediante decretos con fuerza de ley en materias específicas.
Finalmente, el proyecto incorpora un nuevo artículo 129 bis. Este artículo establece la derogación automática de toda norma jurídica que contravenga el texto, el espíritu o la esencia de la Constitución, incluyendo efectos retroactivos.
El proyecto fue ingresado el viernes 21 de noviembre, bajo el boletín N° 17.989-07, y tiene como único autor al diputado Gaspar Rivas.





