El Primer Juzgado de Garantía de Santiago determinó que no hubo apropiación indebida por parte del empleado del Consorcio Industrial de Alimentos (Cial), quien renunció sin devolver el dinero.
En un fallo que ha captado la atención nacional, el Primer Juzgado de Garantía de Santiago absolvió a un trabajador que en 2022 recibió por error una transferencia de $165.398.851, cuando su salario habitual era de $500.000. El caso involucró al Consorcio Industrial de Alimentos (Cial), empresa que maneja marcas como San Jorge, La Preferida y Winter.
El error ocurrió cuando el área de recursos humanos de Cial realizó un depósito erróneo en la cuenta del empleado. Al ser informado del error, el trabajador se comprometió inicialmente a devolver el dinero, pero posteriormente renunció a la empresa y desapareció, lo que llevó a la empresa a presentar una querella por apropiación indebida.
Durante el proceso judicial, la defensa del trabajador argumentó que no existía dolo en su conducta y que la empresa no había tomado las medidas necesarias para evitar el error. El tribunal, al analizar las circunstancias del caso, determinó que no se configuraba el delito de apropiación indebida.
A pesar de la absolución, Cial anunció su intención de recurrir la decisión y continuar con las acciones legales correspondientes para recuperar el dinero. La empresa sostiene que el trabajador tenía la obligación de devolver la suma recibida por error.
Este caso ha generado un debate sobre las responsabilidades legales en situaciones de errores bancarios y la obligación de los empleados de devolver dinero recibido por equivocación. La resolución del tribunal podría sentar un precedente importante en la interpretación de la ley en estos casos.