Martes, Septiembre 23, 2025
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Alcalde de Vichuquén pide disculpas públicas y reconoce su error

“No le hice daño a nadie, pero claramente fallé”, con estas palabras el edil se disculpó tras ser detenido manejando en estado de ebriedad.

Patricio Rivera Bravo (RN), alcalde de Vichuquén, emitió una declaración pública reconociendo su responsabilidad luego de ser detenido por conducir en estado de ebriedad.

El edil afirmó: “Errar es humano, me tocó y se asume como hombre, un error del que estoy seguro aprenderé mucho”. Agregó que “No le hice daño a nadie, pero claramente fallé, les pido disculpas a quienes desilusioné… estaré de pie como siempre”.

Junto a estas sentidas palabras de arrepentimiento, Rivera Bravo hizo una petición especial a los Medios de Comunicación, que “digan la verdad”, a raíz de múltiples versiones que han distorsionado lo que realmente pasó. Reafirmando que enfrentará este episodio con responsabilidad.

También negó, tajantemente, haber huido de Carabineros, asegurando que no se “arrancó”, sino que aceptó las consecuencias de sus acciones como corresponde.

Detalles del incidente

  • La detención ocurrió la noche del viernes 19 de septiembre en la comuna de Hualañé, cuando el alcalde conducía un vehículo fiscal bajo influencia de alcohol. El alcotest arrojó 1,78 gramos de alcohol por litro de sangre, cifra muy superior al límite legal.
  • Posteriormente fue formalizado por el delito de conducción en estado de ebriedad. Como medidas cautelares, se decretaron el arraigo nacional y la suspensión provisoria de su licencia de conducir.

Panorama legal

Consultado sobre el panorama legal que podría enfrentar el edil, Felipe Rojas, abogado penalista, clarifica:

La ley de tránsito 18.290, tipifica y penaliza la conducción de cualquier vehículo o medio de transporte, ejecutados en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas o bajo la influencia del alcohol. 

Respecto al caso consultado, en la hipótesis de ilícito de conducción en estado de ebriedad simple (cuando el respectivo informe o prueba arroje una dosificación igual o superior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre o en el organismo, ya sea que en esas condiciones se causen o no daños materiales y/o lesiones leves) y que se tratase de la primera ocasión en que el imputado es sorprendido infringiendo la prohibición legal, arriesga sanción punitiva corporal de presidio menor en su grado mínimo (pena de 61 a 540 días), además de pena accesoria de multa de 2 a 10 UTM y la suspensión de la licencia para conducir vehículos motorizados por el lapso de 2 años.

Lo anterior, sin perjuicio de que, cumpliéndose los requisitos legales, previa propuesta del Ministerio Público, eventualmente, se podría aprobar en sede judicial, respecto al imputado, el término de la causa, vía salida alternativa”.

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