La norma presentada por la Comisión de Principios Constitucionales se aprobó con una amplia mayoría de votos en el Pleno de la Convención.
![](http://44.216.39.63/wp-content/uploads/2022/04/IIM2ZWBQVRAU3MTQCG2J6DWC4A.jpg)
Uno de los temas más comentados en el debate del pleno, y que obtuvo especial atención de los diversos constituyentes, fue la norma sobre el “derecho a una vida libre de violencia de género”. La discusión fue acompañada por una manifestación feminista y de otras organizaciones en el frontis de la sede de la Convención, con un memorial para mujeres víctimas de femicidio y de violencia de género.
Esta norma obtuvo una amplia mayoría de votos a favor, 127 para su inciso primero, y 120 en el segundo; y lleva el siguiente articulado:
“Derecho a una vida libre de violencia de género. El Estado garantiza y promueve el derecho de las mujeres, niñas, diversidades y disidencias sexogenéricas a una vida libre de violencia de género en todas sus manifestaciones, tanto en el ámbito público como privado, sea que provenga de particulares, instituciones o agentes del Estado.
El Estado deberá adoptar las medidas necesarias para erradicar todo tipo de violencia de género y los patrones socioculturales que la posibilitan, actuando con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar dicha violencia, así como brindar atención, protección y reparación integral a las víctimas, considerando especialmente las situaciones de vulnerabilidad en que puedan hallarse.”