José Matías Guevara, como joven trans, sufrió constantes situaciones de acoso y bullying en el establecimiento educacional al que asistía, en Copiapó. Cediendo a la presión y al dolor, en mayo de 2019 decidió terminar con su vida.
Este triste caso que no es aislado en nuestro país, motivó la presentación de un proyecto de ley.
La propuesta, abordada conforme a lo definido por la Comisión de Educación, se aprobó hoy por la Sala de la Cámara. Las normas generales se aprobaron por 94 votos a favor, 22 en contra y 22 abstenciones. Sin embargo, las de quórum de ley orgánica no alcanzaron los 88 votos exigidos, obteniéndose una votación de 85 votos a favor, 24 en contra y 29 abstenciones.
En particular, el articulado que pasó la votación en general fue ratificado. La salvedad lo constituyó una disposición que obligaba a contar con ejemplares del reglamento con lenguaje inclusivo, que no se aprobó.
Con ello, la iniciativa, que modifica las leyes General de Educación y sobre subvención del Estado, pasó a segundo trámite.
El texto, ingresado en noviembre de 2020, es suscrito por las y los diputados Daniella Cicardini (PS), Pamela Jiles (PH), Erika Olivera (IND), Camila Rojas (Comunes), Juan Santana (PS) y Marisela Santibáñez (PC). También lo firmaron las/os exdiputadas/os Natalia Castillo, Maya Fernández, Gonzalo Fuenzalida y Camila Vallejo.
Términos y definiciones de la Ley
Se entenderá por buena convivencia escolar las relaciones e interacciones inclusivas y democráticas que se dan al interior de la comunidad educativa. Abarcan prácticas y aprendizajes que se orientan a la creación de lazos de inclusión social y a mantener una paz sostenible y duradera.
Por otra parte, se reconoce el conflicto como una constante social, que se espera resolver a través de la corresponsabilidad de la comunidad educativa. Para ello, se considerarán sus opiniones, contextos sociales y territoriales, así como sus respectivas experiencias de pertenencia. Todo esto, a través de mecanismos que no generen violencias basadas en discriminaciones.
El proyecto establece, de igual modo, los pasos a seguir en caso de producirse conductas que puedan ser constitutivas de acoso. En este marco, se establece la obligación de denunciar los delitos que afectaren a estudiantes o que hubiesen tenido lugar en el establecimiento.
Adicionalmente, estas medidas se tomarán cuando se produzcan hechos que constituyan agresiones o violencia escolar física por razones de discriminación. También aplica para agresiones psicológicas o sexuales.
En paralelo, se perfeccionan normas relativas a la calificación de gravedad de la violencia. En este contexto, se agrega que, de ser promovida por quienes se desempeñen en el establecimiento, se considerarán constitutivas de infracción a la probidad administrativa o un incumplimiento de las obligaciones contractuales.
Asimismo, se adiciona que revestirán especial gravedad las agresiones u hostigamientos hacia un estudiante fundado en causas discriminativas (etnia, género, ideología, etc.).