Viernes, Julio 26, 2024
Viernes, Julio 26, 2024
ad_andes
ad_andes_m

Es un hecho: Ley Apícola ya está en el Diario Oficial

Tras ocho años de discusión, esta nueva ley permitirá promover, proteger y fomentar el desarrollo sustentable de la apicultura.

El sector apícola es de alta relevancia para la agricultura local y nacional, pues son diversos los productos cuya comercialización es de escala global. Además, la preservación de las abejas es primordial tanto para lo anterior como para la vida misma.

En ese sentido es que, tras ocho años de discusión, el Senado aprobó la ley el pasado 01 de septiembre y este miércoles 12 de octubre fue publicada en el Diario oficial.

“Día histórico para la agricultura y la apicultura. Se ha publicado en el Diario Oficial la Ley Apícola. Agradecimiento a los parlamentarios, que presentaron mociones desde el año 2014, ocho años de trabajo para que el Congreso de forma unánime haya aprobado esta ley que obliga y mandata a servicios del Ministerio de Agricultura, particularmente al SAG, a hacer un trabajo serio, de zonas libres de plagas, zonas de cuidado, zonas de cuarentena”, señaló el ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela.

Además, el secretario de Estado señaló que esta ley también “vigilará la trashumancia, la movilización de panales para la polinización en diversas áreas, pero que, si no se hace con la trazabilidad de vida, puede provocar afectación de la seguridad de nuestras abejas”.

Asimismo, Valenzuela añadió que “del mismo modo todo el trabajo promocional que se debe realizar para asegurar que esta alma fundamental de nuestra biodiversidad, seguridad y soberanía alimentaria, que son los panales y las abejas, cuidándola de plaguicidas tóxicos, tengan sustentabilidad para siempre”.

Efectos de la ley

Desde la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (Odepa) aseguran que “La iniciativa beneficiará a más de 9.500 apicultores de nuestro país y, entre otras medidas, con esta ley se hace un reconocimiento estatal a la importancia del mundo apícola. Además, crea el registro nacional de apicultores y el de estampadores de cera; se le otorgan facultades al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) para declarar zonas de control sanitario zonas libres, cuarentenas, barreras sanitarias y aislamiento de colmena”.

En ese sentido, el SAG podrá regular, restringir o prohibir la fabricación, importación, exportación, distribución, venta, tenencia y aplicación de plaguicidas.

En cuanto al fomento de la actividad, el artículo 23 del título VIII de la nueva ley, establece que: “Para asegurar la coordinación y coherencia de los instrumentos de fomento establecidos en la legislación vigente, tales como incentivos financieros, innovación, investigación, desarrollo sustentable, construcción de capacidades, transferencia tecnológica, promoción, difusión e inversión, con el Plan Estratégico de Desarrollo Apícola, el Ministerio de Agricultura, a través de la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, cada 3 años, evaluará y planificará el seguimiento y monitoreo de las acciones desarrolladas, proponiendo al Ministro de Agricultura medidas para mejorar los resultados de la acción de fomento en el sector apícola, solicitando, para dicho efecto, la opinión de la Comisión Nacional de Apicultura, creada por el decreto supremo Nº 54, de 2013, del Ministerio de Agricultura, entre otras medidas”.

Descarga el documento aquí.

ad_avisos_legalesad_avisos_legales
ad_whatsapp_canalad_whatsapp_canal
Sigue informándote