Jueves, Abril 25, 2024
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El Estado Social en la nueva Constituciónv ¿eliminará al Estado subsidiario?

Artículo de opinión por Fernanda Pinochet Olave, abogada, exSeremi de Energía y excandidata a Consejera Constituyente.

Fernanda Pinochet Olave.

El próximo 7 de junio comenzará a sesionar el Consejo Constitucional, marcando el inicio de un proceso histórico para la redacción de una nueva Constitución en Chile. Este será el segundo intento por cambiar la Constitución vigente, y ya no hay vuelta atrás.

Es importante recordar los resultados de los dos plebiscitos anteriores. En el primero, conocido como el “plebiscito de entrada”, un 78% de los votantes (5.886.421 votos) aprobaron la idea de redactar una nueva Constitución, mientras que un 22% la rechazó, con un universo total de votos de más de 7.500.000. En el segundo plebiscito, celebrado el 4 de septiembre, un 62% de los votantes rechazaron el borrador redactado por los 155 constituyentes electos. En esa ocasión, más de 12.700.000 personas votaron, y el rechazo obtuvo 7.882.958 votos, superando ampliamente a los votos a favor.

El Consejo Constitucional, que recibirá el anteproyecto de la nueva Constitución para su discusión, aprobación, modificación o rechazo, será un actor central en los próximos meses. Su responsabilidad es enorme, ya que de ellos depende que tengamos una nueva Constitución que sea mejor que la actual, sin generar grandes cambios o aboliciones en nuestro sistema político u otros aspectos que brinden estabilidad política.

También es relevante recordar los resultados de las elecciones de los Consejeros Constituyentes el pasado 7 de mayo. El bloque de derecha, encabezado por Republicanos y Chile Seguro, obtuvo un total de 34 escaños, lo que les da la posibilidad de aprobar las normas de acuerdo al quórum requerido. Por otro lado, la izquierda radical de Unidad para Chile, con Gabriel Boric a la cabeza, logró 16 escaños. Fue sorprendente la baja votación de la centroizquierda, que no logró obtener ningún representante a través de la coalición Todo por Chile, conformada por el PPD, DC y PR.

Para lograr la tan anhelada nueva Constitución, se han establecido tres órganos encargados del proceso constitucional: la Comisión Experta, el Consejo Constitucional y el Comité Técnico de Admisibilidad. La Comisión Experta, formada por 24 personas designadas por el Senado y la Cámara de Diputados, tiene la tarea de redactar el anteproyecto y colaborar en la redacción del texto final. El Comité Técnico de Admisibilidad es responsable de examinar y resolver los requerimientos en contra de las propuestas de normas aprobadas por la Comisión Experta o el pleno del Consejo Constitucional, que vayan en contra de las 12 bases institucionales establecidas.

Dentro de los límites establecidos en el artículo 154 de la Constitución actual, destacan algunos principios como la democracia y la soberanía popular, la unidad y descentralización del Estado, así como la separación de poderes entre el Ejecutivo, Legislativo y Judicial. En su numeral 5, se establece que Chile es un Estado social y democrático de derecho, cuya finalidad es promover el bien común, reconocer derechos y libertades fundamentales, y promover el desarrollo progresivo de los derechos sociales a través de instituciones estatales y privadas.

El reconocimiento del Estado Social en la nueva Constitución es uno de los límites más desafiantes de abordar, ya que implica un cambio radical en comparación con la visión del Estado que establece la Constitución actual. Recientemente, el Comité de Expertos aprobó la siguiente redacción: “Chile se organiza en un Estado social y democrático de derecho, que reconoce derechos y libertades fundamentales y promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas”.

El Estado busca el bienestar social de sus ciudadanos a través del reconocimiento de los derechos sociales, con un rol activo en su promoción. Sin embargo, surge la pregunta de cómo lograremos el desarrollo progresivo de los derechos sociales y qué papel jugará el Estado Subsidiario en esta nueva Constitución. ¿Se prohibirá a los actores privados desarrollar actividades si el Estado no actúa? El Estado Subsidiario permite que los particulares asuman un rol más amplio en el desarrollo de actividades que el Estado no puede o no es capaz de llevar a cabo. Es esencial entender que el Estado no puede eximirse de su responsabilidad en el desarrollo económico y social, ya que es su deber promover las mejores condiciones para todos los habitantes de Chile.

Desde mi experiencia como candidata al Consejo Constituyente en la elección pasada, estoy convencida de que el Estado Social y el Estado Subsidiario no se oponen entre sí. El Estado tiene la responsabilidad primaria de implementar políticas públicas y establecer las condiciones necesarias para garantizar los derechos sociales. Sin embargo, reconociendo las limitaciones y deficiencias del Estado, existe un amplio espacio para que los actores privados también desempeñen un papel importante en el apoyo y desarrollo de los derechos sociales. Estos derechos son indispensables y de gran importancia para nuestro país.

Durante décadas, se ha debatido y defendido la primacía de uno u otro enfoque, ya sea el Estado Social o el Estado Subsidiario. Sin embargo, para el ciudadano común, lo que realmente importa es que el Estado cumpla su función y brinde soluciones directas en el ámbito de la salud, educación, vivienda, seguridad social y otros derechos fundamentales que deben ser garantizados en toda su dignidad.

En conclusión, considero que el Comité de Expertos ha comprendido la posibilidad de una convivencia entre el Estado Social y el Estado Subsidiario al establecer en la norma aprobada que se promoverá el desarrollo progresivo de los derechos sociales a través de instituciones estatales y privadas. Esto deja en claro que en Chile tendremos un Estado Social y Subsidiario, trabajando en conjunto para el bienestar de todos los ciudadanos.

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