La iniciativa presentada por diputados del Partido Nacional Libertario, Republicanos y RN propone exigir que mujeres escuchen los latidos fetales antes de abortar en casos de inviabilidad fetal o violación.
Un grupo de diputados del Partido Nacional Libertario (PNL), Partido Republicano y Renovación Nacional (RN) presentó un proyecto de ley que propone modificar el Código Sanitario para incorporar un nuevo requisito en los procedimientos de interrupción del embarazo permitidos por la legislación chilena.
La iniciativa, denominada “Escucha su corazón”, plantea que, antes de manifestar su decisión de interrumpir un embarazo, la mujer o niña sea informada sobre la existencia de actividad cardíaca del embrión o feto y tenga la oportunidad de escuchar sus latidos cuando estos sean detectables.
¿Qué propone el proyecto de ley?
La moción fue ingresada al Congreso Nacional el pasado 25 de junio y es encabezada por el diputado Cristóbal Urruticoechea (PNL).
El texto establece que el médico deberá informar si existe actividad cardíaca fetal y ofrecer a la paciente escuchar los latidos mediante los medios técnicos disponibles. Además, la decisión deberá quedar registrada en la ficha clínica.
Aunque el proyecto señala que la mujer puede “declinar libremente” esta posibilidad, también indica que, si rechaza escuchar los latidos, el médico deberá abstenerse de realizar la interrupción del embarazo. En la práctica, la medida convertiría la escucha en un requisito para acceder al procedimiento.
¿A qué causales afectaría?
Inicialmente, la propuesta consideraba las tres causales contempladas en la legislación chilena. Sin embargo, el diputado Cristóbal Urruticoechea confirmó que posteriormente se modificó la moción para excluir los casos en que exista riesgo vital para la madre, aunque esa actualización aún no aparece reflejada en la versión publicada en el sitio web de la Cámara de Diputadas y Diputados.
De aprobarse con esa modificación, el requisito aplicaría a las causales de:
- Inviabilidad fetal de carácter letal.
- Embarazo producto de una violación.
Fundamentos de la iniciativa
Los autores sostienen que una decisión médica solo puede considerarse plenamente informada cuando la paciente recibe información “veraz, completa y objetiva”. En ese contexto, argumentan que informar sobre la actividad cardíaca fetal constituye un antecedente clínico relevante.
El proyecto también cita legislaciones vigentes en algunos estados de Estados Unidos, como Kentucky, Texas, Arizona, Georgia y Misisipi, donde existen normas similares relacionadas con la entrega de información previa a un aborto.
Declaraciones del autor del proyecto
El diputado Cristóbal Urruticoechea defendió la iniciativa señalando que su objetivo es reducir la cantidad de interrupciones de embarazo contempladas en la legislación chilena.
“Nosotros lo que estamos buscando es justamente detener este acto, esta situación que termina con la vida de un inocente”, afirmó el parlamentario.
Asimismo, agregó:
“Está supercomprobado que lo que está gestándose dentro del vientre materno es un ser independiente, un ser único, que tiene latidos de corazón únicos”, sostuvo.
Aborto en Chile: las tres causales vigentes
Actualmente, en Chile la interrupción del embarazo solo está permitida en tres situaciones establecidas por ley:
- Cuando la vida de la mujer está en riesgo.
- Cuando el feto presenta una patología incompatible con la vida extrauterina.
- Cuando el embarazo es consecuencia de una violación, dentro de los plazos establecidos por la legislación.
De aprobarse la propuesta, la obligación de escuchar los latidos se aplicaría únicamente a las dos últimas causales, según la modificación anunciada por el autor del proyecto.



