Mientras que en el pasado un juez formalizado por hurto fue trasladado a otro tribunal y continuó ejerciendo funciones jurisdiccionales, la actual Corte Suprema promueve remociones por conductas que afectan la confianza pública.
La llegada de Gloria Ana Chevesich a la presidencia de la Corte Suprema ha coincidido con un endurecimiento de los criterios aplicados por el máximo tribunal en materias de probidad, ética judicial y resguardo de la confianza ciudadana. Dos casos ocurridos en distintos momentos permiten observar con claridad este cambio de enfoque.
Uno de los antecedentes más comentados corresponde al de un ex juez de Garantía de Curicó, de iniciales P.N.F, que fue formalizado en junio de 2022 por el delito de hurto simple tras ser detenido en un supermercado de la ciudad. Según los antecedentes de la causa, el magistrado fue acusado de no pagar productos avaluados en más de 300 mil pesos.
La investigación concluyó mediante una salida alternativa, la que incluyó la prohibición de ingresar a supermercados de la cadena involucrada y una donación económica a un establecimiento de larga estadía para adultos mayores. Paralelamente, el Poder Judicial inició un sumario administrativo.
Tras desempeñarse temporalmente en el Juzgado de Familia de Linares, el pleno de la Corte Suprema autorizó posteriormente su traslado al Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, donde retomó funciones jurisdiccionales en un cargo de la misma categoría que ejercía anteriormente.
Sin embargo, el escenario actual muestra una señal distinta desde el máximo tribunal. Bajo la conducción de Chevesich, la Suprema decidió abrir 56 cuadernos de remoción contra jueces investigados por viajar al extranjero mientras se encontraban con licencia médica, una medida inédita que elevó significativamente el estándar aplicado a las conductas de los integrantes del Poder Judicial.
La decisión se sustentó en las facultades que otorga el artículo 80 de la Constitución, mecanismo que permite evaluar si determinadas conductas afectan la idoneidad de un juez para continuar ejerciendo su cargo, aun cuando los procedimientos disciplinarios hayan concluido o las sanciones previas hayan sido menores.
Al explicar el criterio adoptado, la presidenta de la Suprema sostuvo que el objetivo es proteger “la fe pública y la integridad institucional” del Poder Judicial. Asimismo, advirtió que la institución tiene la obligación de actuar frente a conductas que “afectan su imagen, deterioran su estatura moral, degradan su credibilidad o alimentan el desprestigio de la judicatura”.
El contraste entre ambos episodios revela una evolución en la forma en que la máxima instancia judicial evalúa las faltas cometidas por sus integrantes. Mientras hace algunos años predominaban medidas administrativas como traslados o reasignaciones de funciones, hoy la discusión se centra en el impacto que ciertas conductas pueden generar sobre la confianza ciudadana y la legitimidad de las instituciones.
La apertura masiva de cuadernos de remoción refleja una señal clara de la actual administración de la Corte Suprema: la exigencia de probidad ya no se limita únicamente a determinar responsabilidades disciplinarias, sino también a resguardar la imagen y credibilidad de uno de los poderes fundamentales del Estado.





